Residencia temporaria

Tipos de visas, cédula de identidad y registro

Residencia temporaria

La mayoría de los extranjeros que planean quedarse en Chile durante un cierto periodo de tiempo, entran con una visa de residencia temporaria y luego solicitan una visa de larga estancia cuando ya están en el país.

La “Visa Temporaria” está abierta a cualquier nacionalidad y te permite trabajar o estudiar en Chile durante como máximo un año. Pasado este tiempo, debes pedir la visa permanente o una prolongación.

Las visas temporarias pueden ser de muchas categorías diferentes:

  • Visa de Trabajo y Vacaciones. Solo para australianos, canadienses y neozelandeses de una cierta edad.
  • Visa de residente temporario dependiente para el cónyuge o los hijos del que obtenga la visa. Solo puede trabajar la persona a cuyo nombre esté la visa, al resto de los miembros de la familia no se les permite trabajar.
  • Visa para inversionistas o comerciantes. No es recomendable ya que hay una enorme cantidad de papeleo y una relativa incertidumbre para renovarla.
  • Visa para jubilados y rentistas.

Para ver la lista completa de las visas de residencia temporaria en inglés, puedes visitar la página del Ministerio Chileno de Relaciones Exteriores .

Requisitos

Puedes solicitar esta visa en la embajada chilena más cercana o desde Chile en el Departamento de Inmigración del Ministerio de Relaciones Exteriores en Santiago. Tienes que pagar la tasa de solicitud que varía dependiendo de tu nacionalidad y  entregar los documentos siguientes (que pueden cambiar según el tipo de visa que estés solicitando):

  • Una carta dirigida al cónsul explicando por qué solicitas la visa
  • Un certificado de antecedentes penales (de no más de un mes de antigüedad)
  • Certificado de salud (de no más de un mes de antigüedad)
  • Un pasaporte válido y una fotocopia de la página de información
  • 4 fotografías tamaño pasaporte
  • Si solicitas una visa como dependiente, necesitas también el certificado de parentesco, ya sea de matrimonio o de nacimiento si es para tus hijos.
  • Para los que viajan para unas prácticas, comprobante de solvencia económica de los padres o tutores legales.
  • Formulario de solicitud correctamente cumplimentado (comprueba si debe ser rellenado a máquina o si a mano también es posible).

Es recomendable solicitar una visa de residencia temporaria estando ya en Chile. La forma más fácil es llegar con una visa de turista y luego pedir que la cambien a visa de residencia temporaria.

Condiciones

La visa es válida durante un año y se puede prolongar para un año más, no obstante, el Departamento chileno de Inmigración advierte de que está prohibido prolongarlo por tercera vez. Pasados dos años, el portador de la visa debe solicitar una residencia permanente o salir del país. 

Si pides que te renueven la visa pasado un año, debes estar en Chile físicamente presente y pedirlo allí. Es más fácil que te rechacen la renovación si la pides desde fuera del país.

Registro policial

Después de que te concedan la visa de residencia temporaria, tienes que ir al Registro de Policía Investigaciones (PDI) para que te inscriban. Tienes que entregar 3 fotografías de pasaporte con tu número de pasaporte y nombre. Te darán un Certificado de Registro de Visa que te permitirá pedir una cédula de identidad chilena (este documento te lo dan el mismo día). 

Cédula de identidad chilena

Con el documento del registro en el PDI, pídela en el Servicio de Registro Civil . Necesitas una copia de tu pasaporte y de la visa, y pagar las tasas. Tu cédula de identidad tardará todavía unas dos semanas en llegar. Si no estás en Santiago, lo puedes hacer en cualquier oficina del Registro Civil.

Cambio de dirección

Si te mudas mientras estás con la visa temporaria, tienes que informar a las autoridades del cambio de dirección en un plazo de 30 días desde la mudanza. El Certificado de Registro de Visa tiene una mención en el reverso que indica que debes informar de cualquier cambio de dirección y de cómo hacerlo. 

También tienes que comunicar tu nueva dirección al Departamento de Extranjería y Migración.

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