eva

  • No es por dudar de tu palabra, de la gente que escribe por estos lares me pareces una de las mas coherentes.
    Pero debo reiterar, los contratos prematrimoniales no son legales en españa. Por supuesto que lo que se firma en la notaria va a misa, la cuestion es por un lado, ¿como firma alguien, algo que no entiende? y lo siento pero el notario "siempre" lee el documento, osea que hay que pecar de muy ingenua para firmar segun que cosas . Y por otro lado, no seria mas bien un contrato mercantil?? Es que no es lo mismo. En todo caso lo mas seguro es que lo que firmaron tus conocidas fue la renuncia a sus derechos por residencia habitual. Dicho de otro modo y muy a lo bruto, si tienes un bien (prestado u ocupado) y el propietario no te reclama durante 30 años, el bien es tuyo. Si en ese bien se ha constituido la residencia habitual (el hogar conyugal) tienes derecho sobre el uso de dicha vivienda aunque no la propiedad, y es en este caso cuando si puedes firmar una renuncia de ese derecho, obviamente siempre hablamos de que la propiedad fue adquirida antes del matrimonio.
    Lo que es lioso para la mayoria es que segun constituyo el derecho romano,la propiedad de una cosa depende de dos factores, que traducido mas o menos, viene a decir, que por un lado esta el uso de dicho bien y por otro la propiedad en si, y que solo es total cuando ambos factores recaen en una sola persona o entidad juridica. Osea puedes tener derecho a usar algo o a que se te compense por renunciar a ese derecho y no poseerlo, legalmente hablando.

    Crisis 30 Jul 2009, 06:24 - Report
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COMO SON LOS HOMBRES ALEMANES?

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